Normativa General del Club
Marco general de organización, participación, actividad deportiva, convivencia, protección y coordinación de las normas internas del Club.
Objeto, ámbito y jerarquía normativa
Artículo 1. Objeto
La presente Normativa General establece el marco común de funcionamiento del Club Tenis de Mesa Defense. Define los principios de organización, participación, convivencia, actividad deportiva, protección y cumplimiento que deben desarrollar el Reglamento de Régimen Interno, los protocolos específicos y los anexos de temporada.
Artículo 2. Ámbito de aplicación
Será aplicable, según corresponda, a personas socias, deportistas, personal técnico, miembros de la Junta Directiva, delegados/as, voluntariado, colaboradores/as y demás personas que participen en actividades organizadas o representadas por el Club. Las familias y representantes legales de menores respetarán igualmente las normas que les sean aplicables.
Artículo 3. Prevalencia normativa
El Club se rige por sus Estatutos, la legislación estatal y autonómica aplicable, la normativa federativa correspondiente y las normas internas válidamente aprobadas. En caso de contradicción, prevalecerá la norma de rango superior o la disposición especial que resulte aplicable a la materia.
Artículo 4. Referencias normativas principales
- Ley Orgánica 1/2002, reguladora del Derecho de Asociación.
- Ley 1/2019, de la Actividad Física y el Deporte de Canarias.
- Ley 39/2022, del Deporte.
- Ley 19/2007, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.
- Ley Orgánica 8/2021, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
- Protocolo de Actuación frente a la violencia sobre la Infancia y la Adolescencia en el ámbito del deporte en Canarias, aprobado por Resolución conjunta de 8 de julio de 2025.
- Ley Orgánica 3/2007, Ley 15/2022 y Ley 4/2023, en materia de igualdad y no discriminación.
- Reglamento (UE) 2016/679 y Ley Orgánica 3/2018, en materia de protección de datos personales.
Organización y gobierno
Artículo 5. Asamblea General y Junta Directiva
La Asamblea General y la Junta Directiva ejercerán las competencias que les atribuyan los Estatutos. La gestión del Club se desarrollará con criterios de participación, responsabilidad, transparencia y respeto a los acuerdos válidamente adoptados.
Artículo 6. Estructura funcional
La Junta Directiva podrá organizar áreas deportivas, técnicas, de material, disciplina interna, igualdad y protección, así como designar las personas responsables necesarias. La composición nominal de los órganos y responsables se publicará en el apartado correspondiente de la web o en los medios internos del Club para permitir su actualización sin modificar esta Normativa.
Artículo 7. Delegado/a de Protección y responsabilidades especializadas
Cuando el Club realice habitualmente actividades deportivas con personas menores de edad mantendrá designada la figura de Delegado/a de Protección y aplicará los protocolos públicos e internos correspondientes. Las funciones de igualdad, convivencia, protección y disciplina se ejercerán conforme a sus documentos específicos y evitando conflictos de interés.
Derechos y deberes esenciales
Artículo 8. Derechos esenciales
- Ser tratado/a con dignidad, respeto e igualdad.
- Participar en la vida asociativa en los términos de los Estatutos.
- Practicar deporte en un entorno seguro y libre de violencia, acoso o discriminación.
- Recibir información suficiente sobre las actividades y las decisiones que les afecten cuando corresponda.
- Ser oído/a antes de la adopción de medidas disciplinarias internas, conocer los hechos imputados y recibir una resolución motivada.
- Ejercer los derechos de impugnación y recurso que reconozcan la legislación, los Estatutos y la normativa aplicable.
Artículo 9. Deberes esenciales
- Respetar los Estatutos, esta Normativa, el Reglamento de Régimen Interno y los acuerdos válidos del Club.
- Mantener una conducta respetuosa y deportiva.
- Cuidar instalaciones, equipamiento, documentación y bienes del Club.
- Cumplir las obligaciones económicas que correspondan de acuerdo con los Estatutos y acuerdos válidos.
- Colaborar con las medidas de seguridad, protección de menores, igualdad y convivencia.
Las reglas operativas sobre asistencia, convocatorias, material, indumentaria, desplazamientos y conducta se desarrollan en el Reglamento de Régimen Interno.
Organización deportiva
Artículo 10. Dirección técnica y decisiones deportivas
Las decisiones sobre planificación, entrenamiento, convocatoria, alineación, categoría y participación deportiva corresponderán a las personas responsables dentro de la estructura del Club. Se adoptarán con criterios deportivos, formativos, de asistencia, compromiso, seguridad y organización, sin discriminación.
Artículo 11. Personal técnico, voluntariado y colaboradores/as
Las personas que desarrollen funciones técnicas, de acompañamiento o colaboración actuarán con diligencia, respeto, formación adecuada y cumplimiento de las normas de seguridad y protección. Cuando exista contacto habitual con menores deberán cumplirse los requisitos legales y protocolos específicos aplicables.
Artículo 12. Competiciones y desplazamientos
La organización de competiciones y desplazamientos corresponderá a las personas designadas por el Club. Las reglas detalladas de asistencia, conducta, supervisión, autorizaciones y desplazamientos se recogen en el Reglamento de Régimen Interno y, cuando participen menores, en el Protocolo de Protección.
Entorno seguro, igualdad y protección
Artículo 13. Protección de la infancia y adolescencia
El Club aplicará la Ley Orgánica 8/2021, los protocolos adoptados por las administraciones competentes en el ámbito deportivo y su Protocolo interno de Protección a la Infancia y Adolescencia. Mantendrá las medidas de seguimiento, canales de comunicación y figura de Delegado/a de Protección que resulten exigibles.
La tramitación de un expediente interno nunca retrasará las medidas urgentes de protección ni las comunicaciones a las autoridades u organismos competentes cuando legalmente procedan.
Artículo 14. Igualdad, no discriminación y prevención del acoso
El Club garantizará la igualdad de trato y rechazará cualquier forma de discriminación, acoso, violencia, racismo, xenofobia o LGTBIfobia. Estas obligaciones se aplican también a redes sociales, mensajería y otros espacios digitales relacionados con la actividad del Club.
Las situaciones comprendidas en políticas o protocolos específicos se gestionarán prioritariamente conforme a dichos documentos, sin perjuicio de las medidas internas que correspondan.
Instalaciones, material y vestuario
Artículo 15. Instalaciones y material
Las instalaciones y el material se utilizarán conforme a su finalidad, normas de seguridad y reglas de la entidad titular. Se cuidarán, recogerán y devolverán los bienes que sean propiedad del Club. Se respetará especialmente la intimidad en vestuarios, aseos y zonas sensibles.
Artículo 16. Vestuario oficial
La indumentaria oficial se utilizará en los actos, desplazamientos y competiciones que determine el Club. El detalle de prendas, usos, propiedad, conservación y devolución se establecerá mediante un Anexo de Vestuario de Temporada, evitando incorporar al texto permanente referencias que queden obsoletas al cambiar la equipación.
Imagen, datos personales y comunicaciones
Artículo 17. Datos personales e imagen
El tratamiento de datos personales, fotografías y vídeos se realizará conforme a la normativa vigente y a las políticas de privacidad y derechos de imagen del Club. Se aplicará especial cautela cuando la información afecte a personas menores de edad.
Artículo 18. Comunicaciones y representación del Club
Los canales y signos identificativos del Club se utilizarán de forma respetuosa y conforme a su finalidad. Nadie podrá suplantar al Club, aparentar una autorización inexistente ni divulgar información confidencial o personal sin habilitación.
Régimen interno y disciplina deportiva
Artículo 19. Disciplina interna o asociativa
Los incumplimientos de normas sociales o de régimen interior se tramitarán conforme al Reglamento de Régimen Interno. Este documento contiene la tipificación de las conductas internas, medidas aplicables, garantías de audiencia, procedimiento y vías de revisión.
Artículo 20. Disciplina deportiva
Las infracciones de reglas del juego, competición o normas generales deportivas pertenecientes al ámbito de la disciplina deportiva se regirán por la Ley 1/2019 de Canarias, la normativa federativa y, cuando corresponda, las normas disciplinarias deportivas del Club.
En aquello que la entidad no regule específicamente en materia de disciplina deportiva se aplicará de forma supletoria el régimen disciplinario deportivo de la federación canaria a la que el Club esté adscrito, en los términos legalmente previstos.
Artículo 21. Independencia de responsabilidades
Las medidas internas y la disciplina deportiva son compatibles con las responsabilidades civiles, penales, administrativas o laborales que puedan derivarse de unos mismos hechos, cada una dentro de su ámbito y sin que un procedimiento interno sustituya a la autoridad competente.
Sistema documental del Club
Artículo 22. Documentos complementarios
| Documento | Función principal |
|---|---|
| Normativa General | Marco y principios comunes del Club. |
| Reglamento de Régimen Interno | Reglas operativas, convivencia e incumplimientos internos. |
| Protocolo de Protección a la Infancia y Adolescencia | Prevención y actuación frente a violencia sobre menores. |
| Política de Igualdad y Protocolo frente al Acoso | Igualdad, prevención, canales y actuación ante acoso. |
| Política LGTBI | Inclusión y prevención de discriminación por orientación, identidad, expresión o características sexuales. |
| Política de Derechos de Imagen y Privacidad | Captación, publicación y retirada de imágenes y datos. |
| Anexos de temporada | Vestuario, responsables, horarios y otras instrucciones operativas temporales. |
Interpretación, casos no previstos y modificación
Artículo 23. Interpretación
Las dudas se resolverán conforme a la legislación, los Estatutos, la normativa federativa y los documentos internos aplicables. La interpretación no podrá crear por sí sola nuevas infracciones o sanciones, restringir derechos ni modificar los Estatutos.
Artículo 24. Casos no previstos
La Junta Directiva podrá adoptar decisiones organizativas provisionales ante situaciones no previstas, dentro de sus competencias y respetando las normas superiores. Si la solución requiere una regla general nueva o una modificación sustantiva, deberá tramitarse por el órgano competente.
Artículo 25. Modificación y anexos
Las modificaciones sustantivas de esta Normativa se aprobarán por el órgano competente conforme a los Estatutos. Los anexos puramente operativos de temporada podrán actualizarse por el órgano competente siempre que no alteren derechos, obligaciones, infracciones o sanciones.
Aprobación, vigencia y publicación
Artículo 26. Aprobación
La presente Normativa General fue aprobada por la Asamblea General del Club Tenis de Mesa Defense celebrada el 7 de septiembre de 2026.
Artículo 27. Vigencia y sustitución de versiones anteriores
La presente versión se considera vigente desde la fecha establecida en el acuerdo de aprobación y sustituye a las versiones anteriores de la Normativa General en todo aquello que resulte incompatible con este texto.
Artículo 28. Publicación y revisión
El Club mantendrá esta Normativa publicada o accesible para las personas afectadas y la revisará cuando se produzcan cambios legislativos, estatutarios, federativos u organizativos relevantes.