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Transparency portal

Protocolo de Transparencia

Compromisos del club en materia de transparencia y rendición de cuentas.

Protocolo de Transparencia

Club Tenis de Mesa Defense

Versión vigente aprobada por la Junta Directiva el 23/09/2026
Versión vigente. Esta actualización del Protocolo de Transparencia fue aprobada por la Junta Directiva del Club Tenis de Mesa Defense el 23 de septiembre de 2026 y sustituye, desde su entrada en vigor, a la versión aprobada el 16 de julio de 2024.

1. Objeto

Nuestro Protocolo de Transparencia establece los criterios internos para organizar, revisar, publicar y mantener la información del Club de forma clara, veraz, accesible y actualizada.

El protocolo sirve también para coordinar el cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa que resulten aplicables al Club por la recepción de ayudas o subvenciones públicas.

2. Marco normativo

Ley 19/2013, de 9 de diciembre Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Texto consolidado en el BOE
Ley 12/2014, de 26 de diciembre Transparencia y acceso a la información pública de Canarias.
Texto consolidado en el BOE
Entidades privadas subvencionadas Obligaciones y evaluación publicadas por el Comisionado de Transparencia de Canarias.
Portal oficial
Protección de datos Reglamento (UE) 2016/679 y Ley Orgánica 3/2018.
RGPD · LOPDGDD
Subvenciones públicas Ley 38/2003 y Real Decreto 887/2006.
Ley 38/2003 · RD 887/2006
Sistema Interno de Información Ley 2/2023, cuando resulte aplicable al Club.
Texto consolidado en el BOE
Eliminamos de este protocolo la referencia anterior al Decreto 11/2019 como norma general de transparencia: ese decreto regula la actividad convencional y los registros de convenios del sector público de Canarias, por lo que no constituye el desarrollo general de la Ley 12/2014 para una entidad privada como el Club.

3. Ámbito de aplicación y responsabilidades

Este protocolo se aplica a la Junta Directiva y a las personas que, por razón de sus funciones, preparen, custodien, revisen o publiquen información institucional, económica, contractual, deportiva o de transparencia.

  • Junta Directiva: supervisa el cumplimiento del protocolo y aprueba sus modificaciones.
  • Responsable de transparencia: será la persona que designe la Junta Directiva para coordinar la actualización del portal y la documentación de las evaluaciones.
  • Responsables de cada área: facilitan información completa y actualizada dentro de sus competencias.
  • Protección de datos: antes de publicar se revisará que no se difundan datos personales innecesarios o información legalmente protegida.
Este protocolo no crea por sí mismo una Comisión de Transparencia ni un régimen sancionador separado. La Junta Directiva podrá crear órganos de apoyo si lo considera necesario, y las cuestiones disciplinarias se resolverán conforme a los Estatutos y a las Normas de Régimen Interno.

4. Principios de transparencia

VeracidadPublicamos información comprobada y coherente con la documentación del Club.
ActualizaciónRevisamos la información cuando se produzcan cambios y, como mínimo, en la revisión anual del portal.
ClaridadUtilizamos lenguaje comprensible, estructura ordenada y enlaces identificables.
AccesibilidadProcuramos que la información pueda consultarse por el mayor número posible de personas.
ReutilizaciónSiempre que sea posible, publicamos datos en formatos abiertos o reutilizables.
Protección de datosAplicamos minimización, confidencialidad y los límites legales antes de publicar.

5. Publicidad activa

Cuando el Club esté sujeto a las obligaciones de transparencia previstas para entidades privadas subvencionadas, publicaremos las informaciones exigibles conforme al mapa de obligaciones vigente del Comisionado de Transparencia de Canarias.

Área Información que mantendremos disponible cuando resulte exigible
Organización Normativa aplicable, fines y funciones, organigrama, identificación y perfil de administradores y directivos y sus retribuciones.
Procedimientos Situación y, cuando proceda, descripción del canal interno de información regulado por la Ley 2/2023.
Económico-financiera Cuentas anuales e informes de auditoría cuando procedan; si no existe obligación de auditoría, se indicará dicha circunstancia.
Contratos con entidades públicas Contratos, estadísticas, modificaciones, desistimientos o renuncias y contratos menores, indicando expresamente cuando no existan en el ejercicio.
Convenios con entidades públicas Convenios, financiación y modificaciones, indicando expresamente cuando no existan.
Ayudas y subvenciones Importe, finalidad y Administración concedente.

Además de la información obligatoria, podremos publicar de forma voluntaria otra información institucional, deportiva, social o de buen gobierno siempre que sea útil y compatible con la protección de datos y demás límites legales.

Consultar obligaciones y preguntas frecuentes para entidades privadas

6. Actualización, conservación y control de calidad

  • Revisamos el Portal de Transparencia al menos una vez al año y siempre que exista un cambio relevante.
  • La información deberá indicar, cuando sea razonable, la fecha de actualización o el ejercicio al que corresponde.
  • Las subvenciones recibidas se mantendrán publicadas y actualizadas durante al menos cuatro años cuando resulte aplicable el régimen indicado por el Comisionado.
  • Las declaraciones negativas -por ejemplo, inexistencia de contratos o convenios- identificarán expresamente el ejercicio al que se refieren.
  • Antes de publicar, revisaremos la exactitud de importes, fechas, referencias, enlaces y documentos.
  • Cuando un documento sea sustituido, evitaremos duplicidades y conservaremos el histórico únicamente cuando resulte útil o exigible.

7. Consultas, acceso y protección de información

Las consultas sobre la información publicada por el Club pueden dirigirse a info@ctmdefense.es.

Al tratarse de una entidad privada, este protocolo no establece con carácter general un procedimiento propio de derecho de acceso equivalente al de una Administración Pública ni un plazo automático de 20 días hábiles. Las solicitudes de acceso a información pública sometidas a la legislación de transparencia deberán dirigirse al sujeto público competente cuando proceda.

Si una consulta afecta a datos personales o información reservada, aplicaremos los límites y garantías previstos en la normativa de protección de datos y demás legislación aplicable.

8. Portal de Transparencia y evaluación

Mantendremos un espacio de transparencia accesible desde nuestra web y colaboraremos con el Comisionado de Transparencia de Canarias cuando el Club sea incluido en una evaluación anual o deba aportar información a través de T-Canaria.

La información se organizará de forma que pueda localizarse fácilmente, evitando documentos duplicados y enlazando preferentemente a la fuente oficial o al documento vigente.

Portal de Transparencia del Club · Subvenciones y transferencias · Normativa aplicable

9. Buen gobierno, formación y seguimiento

  • La Junta Directiva realizará una revisión anual del cumplimiento del protocolo.
  • Se corregirán enlaces rotos, datos desactualizados y duplicidades detectadas.
  • Cuando sea necesario, se facilitará formación básica a las personas que gestionen información de transparencia.
  • Los resultados de evaluaciones oficiales y los planes de mejora se incorporarán al portal cuando estén formalmente disponibles.

10. Vigencia y modificación

La presente versión del Protocolo de Transparencia fue aprobada por la Junta Directiva del Club Tenis de Mesa Defense el 23 de septiembre de 2026 y entra en vigor desde esa fecha. Sustituye a la versión anterior aprobada el 16 de julio de 2024.

Cualquier modificación posterior deberá ser aprobada por la Junta Directiva y comunicada a las personas afectadas por su aplicación.

Recomendamos comprobar periódicamente los textos consolidados del BOE y la información oficial del Comisionado de Transparencia de Canarias.

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